Título IX - Recursos para querellas de hostigamiento sexual
Título IX es la ley federal que establece la protección a estudiantes víctimas de acoso, hostigamiento sexual y agresión sexual dentro o fuera del campus, en cualquier actividad académica, educativa, extracurricular y atlética avalada por la Institución.
Cumplimiento:
- Requiere educar a la comunidad universitaria sobre las normas y políticas en contra del discrimen de índole sexual.
- El cumplimiento con Título IX es un requisito a las instituciones de educación superior para poder recibir fondos federales.
- Los programas educativos tienen que desarrollarse en cumplimiento con el Título IX.
- Tomar medidas necesarias para evitar el discrimen y sus consecuencias.
- La Institución tienen que promulgar los procedimientos para atender cualquier querella.
- Toda Institución de Educación Superior que se beneficia de fondos federales tienen que contar con un Coordinador de Título IX.
Responsabilidades del Coordinador de Título IX:
- Recibe e investiga todas las querellas de estudiantes.
- Mantiene un registro de todas las querellas y preparará un informe anual.
- Realiza talleres de orientación y divulga información sobre Título IX para concientizar y educar a la comunidad universitaria con el fin de prevenir y erradicar la violencia sexual en el campus.
- Revisa las políticas institucionales y vela por el cumplimiento de las disposiciones de la Institución.
Derechos del estudiante:
El estudiante se comunicará con el coordinador o personal autorizado para:
- Notificar sobre posible incidencias relacionadas a Título IX
- Realiza una querella formal del incidente
- Derecho a la información sobre políticas y procedimientos
- Acceso a la información sobre acciones y resolución de querellas sobre discriminación sexual o conducta inapropiada.
Curso de acción:
Una vez un estudiante o empleado que adviene en conocimiento de un posible acto constitutivo de hostigamiento sexual cometido contra un estudiante, es su responsabilidad informarlo al Coordinador de Título IX.
- El coordinador investigará el incidente y tomará las medidas necesarias para brindar la seguridad a la víctima.
- Implementará medidas razonables para poner fin a la situación, eliminar un ambiente hostil y evitar que el hostigamiento se vuelva a producir.
Equipo de Título IX:
Coordinadora e Investigadora de Título IX:
Denisse Pérez
Gerente de Gestión de Matrícula
Email: denisse.perez@sagrado.edu
Tel. 787.728.1515, ext. 5656
Oficial Apelativo:
Lic. Ana M. Bigas Kennerley
ana.bigas@sagrado.edu
787-728-1515 Ext. 5803
Asesores:
Cassandra Vega Rivera
Vicepresidenta de Desarrollo y Relaciones Universitarias
Email: cassandram.vega@sagrado.edu
Tel. 728.1515, ext. 5331
Edwin A. Figueroa Narváez
Director Unidad de Enlace Comunitario
Email: edwin.figueroa@sagrado.edu
Tel. 787.728.1515, ext. 5170
Facilitador de Resolución del Proceso Informal:
Pedro Fraile Romeu, PhD
Asesor de Matrícula, Asuntos Académicos y Estudiantiles
Email: pedro.fraile@sagrado.edu
Tel. 787.728.1515, ext. 5415
Políticas y procedimientos Título IX
Documentos
Información en línea:
Toda la información relevante a Título IX también estará disponible a través de mi.sagrado.edu.
Denisse Pérez
Coordinadora Título IX
tituloix@sagrado.edu
Email: denisse.perez@sagrado.edu
Tel. 787.728.1515, ext. 5656
En cumplimiento con la enmienda al Título de la Ley de Educación de los Estados Unidos.